¿Puedo pasar por una comunidad confinada para ir a otra?
Pasar por una comunidad confinada para ir a otra que no tiene cierre perimetral: ¿está permitido?
Cierre perimetral: ¿puedo pasar por una comunidad confinada para ir a otra comunidad que no lo está? Si tienes que viajar durante el estado de alarma, esto te interesa.
Con motivo del puente de Todos los Santos que comienza este fin de semana, y con el objetivo de evitar desplazamientos masivos, las comunidades autónomas se blindan para frenar la evolución de la pandemia.
Para ello, las comunidades han aplicado confinamientos perimetrales, una medida de contención que paralizará a media España frente al COVID.
Y es que desde que el pasado domingo se decretara el nuevo estado de alarma en España, muchas han sido las medidas de restricción a llevar a cabo, entre ellas, el toque de queda nocturno y el cierre perimetral por comunidades, las más destacadas.
Reducir la tasa de contagios por COVID en España no deja margen de maniobra, la limitación de la movilidad en nuestro país es la medida, que desde las instituciones, puede frenar el preocupante avance de la pandemia.
De ahí, y en función de la situación epidemiológica de cada comunidad y territorio, que la gestión de estas competencias sea responsabilidad de las comunidades. Algunas de ellas se mantienen cerradas al completo, medida que restringe la entrada y salida de las mismas.
Pero como en todo lo que rodea a la pandemia del COVID, surgen dudas a la hora de ponerse en carretera.
¿Puedo pasar por una comunidad confinada para ir a otra no confinada?
Esta es una de las principales dudas, está permitido desplazarse desde una comunidad sin cierre perimetral a otra que tampoco lo tenga, cruzando una comunidad confinada.
Si recurrimos al decreto del nuevo estado de alarma en España, observamos que "no estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas en este artículo".
Esto quiere decir que sí se podrá hacer con su debido justificante y siempre que las comunidades de origen y destino no tengan cierre perimetral.
En cuanto al documento necesario que justifique el desplazamiento, dependerá del motivo de éste. Ante el inminente puente de Todos los Santos, si vas a viajar por ocio desde una comunidad no confinada a otra que tampoco lo está, no olvides llevar tu certificado de empadronamiento o el contrato de alquiler de donde residirás durante esos días.