¿Qué documentos necesito para justificar desplazamientos en el toque de queda? Antes de nada revisa si el motivo de tu salida está contemplado como una excepción.
El nuevo estado de alarma en España fue decretado ayer domingo, lo que conlleva una serie de restricciones de movilidad durante el horario nocturno, el toque de queda se generaliza en todo el país.
Casos en los que podré salir a la calle durante el toque de queda
Como en todo hay excepciones, y estos son los supuestos en los que sí se podrá salir a la calle en el toque de queda en España.
- Compra de medicamentos y productos sanitarios
- Compra de otros bienes, siempre, de primera necesidad
- Ir a centros o servicios sanitarios con justificación
- Asistir a centros de atención veterinaria por un motivo de urgencia
- Por motivos laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales
- Cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
- Cualquier otra actividad de igual naturaleza, debidamente justificada
- Repostar en gasolineras o estaciones de servicio, siempre que sea necesario para la realización de todas estas actividades
- Vuelta a residencia habitual tras realizar cualquiera de estas actividades
Ya conoces las excepciones al toque de queda en España, ahora toca conocer cómo debes justificar los desplazamientos en el toque de queda.
Documentos que justifican desplazamientos en toque de queda
Hay que tener en cuenta que cada comunidad autónoma podrá fijar sus documentos propios, pero en líneas generales, estos son los documentos con los que podrás justificar desplazamientos en toque de queda.
- Para ir a trabajar: no hay documento a nivel estatal único, se puede utilizar el mismo que se empleó en el primer estado de alarma. Aquí puedes descargar certificado para ir a trabajar en toque de queda.
- Para volver a tu residencia habitual: con tu DNI y certificado de empadronamiento, No olvides que los agentes pueden preguntar si el desplazamiento ha sido por causas justificadas.
- Para cuidar a personas dependientes: certificado de dependencia de la persona
- Para repostar en la gasolinera: con el ticket será suficiente, siempre y cuando el desplazamiento haya sido por una causa justificada.