Todos los expedientes de regulación temporal de empleo de suspensión de contrato o reducción de jornada se considerarán de fuerza mayor si son causados por las medidas adoptadas para combatir la epidemia de coronavirus y se resolverán en un plazo máximo de siete días.
Según el real decreto-ley que prevé aprobar este martes el Consejo de Ministros, tendrán consideración de fuerza mayor todos los ERTE que tengan "causa directa" en la pérdida de negocio por las medidas puestas en marcha por el Gobierno, por contagio de la plantilla o por medidas de aislamiento preventivo.
En estos casos, las empresas tendrán que remitir a la autoridad laboral un informe que explique las circunstancias que le han llevado a presentar el ERTE, que será resuelto por la autoridad laboral en un plazo máximo de siete días