El Gobierno ha aprobado la nueva Ley de Teletrabajo 2020 que permitirá a los trabajadores acogerse siempre que implique medios telemáticos, informáticos o de telecomunicaciones.
Se trata de un "nuevo paradigma" de las relaciones laborales, ha dicho la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, sobre un acuerdo que cerró anoche con empresarios y sindicatos y que contempla los numerosos elementos que entran en juego a la hora de que un empleado cambie su lugar de trabajo.
El elemento clave será un acuerdo escrito entre trabajador y empleador, que determinará desde la duración de la jornada laboral hasta de qué manera se controlará que se está realizando el trabajo.
También se elaborará un cálculo de los gastos en que incurrirá el trabajador por no ir a la oficina y que compensará o pagará "obligatoriamente la empresa".
La ley entrará en vigor 20 días después de publicarse en el BOE, previsiblemente mañana, para dar a las empresas un periodo de adaptación a la nueva regulación. Será tramitada como proyecto de ley en el Congreso.
Estos son algunos de los elementos que contempla la nueva Ley de Teletrabajo 2020. Si quieres saber más, puedes acceder al documento del BOE haciendo click en la imagen:
30% de la jornada
Como norma general, el teletrabajo deberá cubrir al menos un 30% de la jornada laboral, excepto cuando se trata de contratos en prácticas, de aprendizaje o a trabajadores menores de edad, que tendrán condiciones más estrictas.
El teletrabajo deberá ser de al menos el 50% de la jornada laboral.
En todo caso, la ley indica en una de sus disposiciones transitorias que empresa y trabajadores podrán especificar en acuerdos o convenios colectivos cuestiones como qué puestos específicos puede hacerse a distancia y la duración máxima.
Trabajadores con preferencia
Quienes trabajen a distancia desde el principio de su relación laboral con la empresa tendrán “prioridad” a la hora de optar a un puesto vacante de tipo presencial.
La empresa deberá informar de las vacantes que se produzcan.
Conciliación, reducción de jornada y sueldos
La ley establece la igualdad de derechos de todos los trabajadores, independientemente de que su trabajo sea presencial o a distancia.
“No podrán sufrir perjuicio en ninguna de sus condiciones laborales, incluyendo retribución, estabilidad en el empleo tiempo de trabajo, formación y promoción profesional”.
En concreto, se establece que las personas que teletrabajen cobrarán “como mínimo” el salario que les corresponde por categoría profesional o actividad, incluido retribuciones por “beneficios” de la empresa.